Restauranteros logran amparo vs Ley antitabaco: deja sin efecto prohibición en las zonas para fumadores
Los establecimientos que estén afiliados a la Cámara restaurantera, y que cuenten con todos los permisos en orden, podrán servir alimentos y bebidas en las zonas para fumadores.
La Cámara Nacional de la Industria de Restauranteros y Alimentos Condimentados (Canirac) dio a conocer que, derivado de un amparo que presentó ante el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, obtuvo una suspensión definitiva contra el decreto que reforma el reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
“El pasado 13 de julio, el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió a la Canirac la suspensión definitiva del Decreto. Con ello, se suspende la aplicación de la reforma al reglamento", explicó la Canirac a través de un comunicado, según información de Milenio.
Este decreto prohíbe la prestación de servicio o el consumo de alimentos y bebidas en las áreas designadas para fumar, cuestión que ha provocado un impacto directo en la industria restaurantera.
Tras lo anterior, la Canirac explicó que la suspensión a la aplicación de la reforma al reglamento está vigente para aquellos restaurantes afiliados a la cámara que demuestren su afiliación y cuenten con licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco previo a la reforma.
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Al respecto, explicaron que habían varias razones por las que presentaron el recurso jurídico en contra de la reforma aplicada a la Ley General para el Control del Tabaco.
Uno de los principales argumentos que utilizaron para justificar el recurso presentado fue que la industria restaurantera ya cumplía con normas que resguardan el derecho de protección a la salud de los no fumadores y a un ambiente sano libre de humo, al mismo tiempo que se respetaba el derecho al libre desarrollo de la personalidad de las personas fumadoras.