Morena y asociaciones deben retirar espectaculares para la revocación de mandato en 15 estados, determina el INE

Consideran que por la colocación de propaganda en espectaculares, lonas, bardas y adheridas en postes, en 15 entidades para la consulta de revocación de mandato.

Espectacular de la consulta de revocación de Mandato

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por PAN, PRI y PRD; así como por diversos ciudadanos en contra del partido Morena, la asociación civil Que siga la Democracia y quien resulte responsable, por la colocación de propaganda en espectaculares, lonas, bardas y adheridas en postes, en 15 entidades para la consulta de revocación de mandato. Se concluyó que no tiene respaldo ciudadano alguno, sino una campaña orquestada por lo que tendrá que retirarse. 

El diagnóstico. De la investigación realizada por el INE se refleja, en una perspectiva preliminar, que la propaganda consiste en 278 anuncios espectaculares, 21 elementos de propaganda adherida en equipamiento urbano, 36 bardas y 11 lonas, guardan exacta identidad gráfica, tipo, costo, magnitud y ubicación, misma que resulta coincidente con la propaganda difundida por Que Siga la Democracia A.C. en su portal de internet.

Esto se desplegó en 15 entidades federativas: Aguascalientes, Baja California, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Estado de México, Guerrero, Veracruz y Yucatán.

Campaña. La Comisión llegó a la conclusión que la propaganda denunciada no puede tenerse como genuinamente ciudadana, sino que es resultado de una posible simulación en forma de estrategia a nivel nacional ajena al derecho de la ciudadanía para participar en este ejercicio. Además, advirtió que hasta este momento existe una falta de certeza sobre la autoría y recursos involucrados para la elaboración y difusión de la propaganda en cuestión. De tener la documentación que acredite la legalidad de la misma, la publicidad podrá permanecer, en caso contrario, deberá ser retirada.

Ruta crítica. De esa manera se ordena que en 61 municipios en un plazo máximo de 72 horas, el retiro de la propaganda que no se ubique en propiedad privada;
- A las personas físicas o morales que señala el Acuerdo, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren los anuncios espectaculares sobre los que tengan derecho, debiendo presentar al INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio;
- A las personas físicas o morales del Registro Nacional de Proveedores, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren la propaganda, debiendo presentar ante el INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio; y
- A la asociación civil “Que siga la Democracia” para que, en un plazo máximo de 24 horas,publique en su página de internet https://www.quesigalademocracia.mx/, de forma visible, el siguiente texto:
“El INE ordenó el retiro de propaganda sobre revocación de mandato a través de anuncios espectaculares que contenga o incluya el diseño, formato o herramientas que en esta página se pone a disposición para su uso, con excepción de aquella propaganda que tenga soporte en un contrato legalmente válido, en cuyo caso se deberá presentar la documentación correspondiente ante cualquier oficina del INE.”