¡Tiembla Reforma Judicial de AMLO! Ministros admiten acciones de inconstitucionalidad
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá rechazó conceder una suspensión a la aplicación de la reforma
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará la reforma al Poder Judicial, luego de que el ministro Juan Luis González Alcántará Carrancá admitió cinco acciones de inconstitucionalidad.
El ministro González Alcántara Carrancá elaborará un proyecto de sentencia para su discusión en el Pleno.
No obstante, el ministro rechazó conceder una suspensión para evitar la implementación de la reforma constitucional en materia de Poder Judicial, como lo solicitaron el PAN, PRI, MC, el Partido Político Unidad Democrática de Coahuila y legisladores de Zacatecas.
Ante la solicitud a la SCJN, en donde los promoventes pedían que se "conceda la suspensión para que las cosas se mantengan en el estado en que se encontraban, previo a la emisión de la reforma aludida, de modo que los efectos y consecuencias del ordenamiento cuya invalidez se demanda no generen afectaciones irreparables en la esfera de derechos de las personas afectadas..."
El ministro González Alcántara Carrancá apuntó que con fundamento en el artículo 64, párrafo tercero de la ley Reglamentaria de la materia, se determina dar "no ha lugar a acordar favorablemente su solicitud, toda vez que de dicha disposición se advierte, claramente, que la admisión de una acción de inconstitucionalidad no da lugar a la suspensión de la norma general, a diferencia de loq ue sucede en al controversia constitucional, en cuyo caso, la suspensión se encuentra regulada en los artículos 14, 15, 16, 17 y 18 de la citada Ley Reglamentaria", señaló.
Ordena solicitar a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a rendir informes relativos a el proceso que siguieron para aprobar la reforma, así como a los 32 congresos locales.
El ministro solicitó, que en un plazo de 10 días a partir de la notificación, la Presidencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para emitir un pronunciamiento en relación con dichos aspectos.
Asimismo, se solicita a la Presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE) que remita a la Corte, en el plazo de tres días naturales, copia certificada de los estatutos vigentes de los partidos promoventes.