TEPJF y sus decisiones en favor de las mujeres: paridad en el Congreso, anulación de elección y multa por violencia de género
La paridad de género va tomado mayor fuerza en el país, con distintas acciones para garantizar la participación en espacios públicos a las mujeres y de no ser así también se ha visto la sanción a quienes no respetan este principio.
La paridad de género va tomado mayor fuerza en el país, con distintas acciones para garantizar la participación en espacios públicos a las mujeres y de no ser así también se ha visto la sanción a quienes no respetan este principio; con ello el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha tomado distintas decisiones en favor de las mujeres. A continuación un recuento de las más recientes.
Paridad histórica en el Congreso
El pasado 29 de agosto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó la modificación de la integración en la Cámara de Diputados, para lograr la paridad total, con lo que por primera vez en la historia de México se ve en San Lázaro 250 mujeres y 250 hombres.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que, en un plazo de 12 horas tras ser notificado, ajuste las diputaciones federales del PVEM en la tercera circunscripción, para así dar más espacios a las mujeres.
Posteriormente, en acatamiento a la resolución del Tribunal, el Consejo General del INE modificó la asignación de diputaciones por el principio de Representación Proporcional, los también conocidos como plurinominales, con lo que se incrementaron de 248 a 250 las curules asignadas a mujeres en la Cámara de Diputados.
En sesión extraordinaria del pasado 31 de agosto, la autoridad electoral revocó las constancias de asignación de diputaciones plurinominales expedidas a favor de las fórmulas del PAN en la cuarta y quinta circunscripción integradas por Oscar Daniel Martínez Terrazas (propietario) y Raymundo Bolaños Azocar (suplente); e hizo lo mismo con la constancia de la fórmula correspondiente al PVEM integrada por Javier Octavio Herrera Borunda (propietario) y Luis Armando Melgar Bravo (Suplente).
En su lugar, se emitió las constancias de asignación de diputaciones por el mismo principio a las siguientes fórmulas: del PAN en la cuarta circunscripción: Ana Laura Valenzuela Sánchez (propietaria) y Mariana Beatriz Sabanero Zarzuela (suplente). Además de Santy Montemayor Castillo (suplente), del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en la tercera circunscripción. En el caso del PVEM, quien fungía como candidata propietaria, Laura Lynn Fernández Piña, fue electa por Mayoría Relativa.
Sala Especializada multó al PES por ejercer violencia política de género
Posteriormente vino las decisión de la Sala Especializada del Tribunal Electoral, en la que se sancionó al Partido Encuentro Solidario (PES), con lo que se convirtió en el primer partido sancionado por ejercer violencia política de género y por lo que fue multado con 448 mil 100 pesos, ya que consideraron que no cumplieron su obligación de asignar a sus candidatas al menos el 40% de los promocionales de radio y televisión.
En sesión, la magistrada Gabriela Villafuerte señaló que el PES cayó en una mera simulación en cuanto a la paridad, pues no permitió que las mujeres que postuló participaran en condiciones de equidad, además de que durante el proceso electoral, incurrió en varias acciones que vulneraron sus derechos.
“Al PES se le olvidó que postuló a 434 mujeres, y este es un ejemplo de simulación, cuando la paridad es un espejismo y es nada más de apariencia. (...) Hubo una constante discriminación hacia las mujeres porque, además de que se le olvidó que tenía 434 postuladas, nunca tuvo un mensaje incluyente, sólo hablaba en lo masculino. Y qué decir del impacto diferenciado que vimos en sus contenidos cuando habló de la libertad de decidir y cómo criminalizó a las mujeres”, declaró.
#LasMásLeídasPMX | TEPJF sancionó con una multa de 448 mil 100 pesos al PES por ejercer violencia política de género; consideraron que no cumplieron su obligación de asignar a sus candidatas al menos el 40 % de los promocionales de radio y televisión. https://t.co/PdV17w5QiK
— Político MX (@politicomx) September 30, 2021
TEPJF anula elección por violencia de género
En su más reciente sesión de este 29 de septiembre, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México que declaró de forma histórica la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Iliatenco, Guerrero, debido a que se acreditó violencia de género en contra de una de las candidatas, lo que afectó el resultado del proceso electoral local ordinario 2020-2021.
El proyecto presentado en la ponencia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y que fue avalado por mayoría de 6 votos se derivó de pintas con leyendas que menoscabaron la imagen de la candidata del partido Movimiento Ciudadano, Ruperta Nicolás Hilario, hechos que constituyeron violencia política en razón de género.
En su participación, la magistrada Mónica Soto explicó que la controversia surgió de la pinta de al menos 14 bardas y espectaculares en donde se escribieron frases ofensivas, denigrantes y brutales en alusión a la candidata, así como a las mujeres en manera general con la intención de denostarlas y menoscabar su capacidad para gobernar por el solo hecho de ser mujeres.
El pleno de la Sala Superior avaló anular la elección debido a que la diferencia entre el primero y el segundo lugar era de tan solo 53 votos, lo que representaba el 0.97%, con lo cual se actualiza el criterio que establece que en los casos en que la diferencia entre el primero y el segundo lugar sea menor al 5%, puede aplicar la anulación del proceso electoral.
BOLETÍN | Confirma el #TEPJF la sentencia de la @TEPJF_SRCDMX que anuló de forma histórica la elección del ayuntamiento de Iliatenco, Guerrero, al acreditarse violencia política en razón de género.
— TEPJF (@TEPJF_informa) September 30, 2021
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