TEPJF da visto bueno a firmas en papel; INE deberá aceptarlas y no privilegiar app  

El Tribunal Electoral del Poder de Justicia de la Federación (TEPJF) avaló por unanimidad de votos que el Instituto Nacional Electoral (INE) acepte las firmas de apoyo para solicitar la revocación de mandato.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló por unanimidad de votos revocar parte de los lineamientos que el Instituto Nacional Electoral (INE) emitió sobre la revocación de mandato, con lo que se determinó que deberá aceptar las firmas de apoyo, tanto en papel  como en aplicación móvil en todo el país y sin privilegiar alguna de estas, a fin de que la ciudadanía cuente con la posibilidad de elegir el medio que más les convenga. 

Esto luego de que el INE tenía previsto utilizar una app para la recolección de las firmas, con las que las y los ciudadanos solicitarán la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, y que solo en las comunidades de más alta marginación (204 municipios) se pueda hacer en papel. 

En su participación, la magistrada Mónica Soto destacó que en el proceso no se puede eliminar una de ellas que establecen la ley por facilitar el trabajo técnico, sin embargo, destacó que si el uso de la aplicación ayuda “por su puesto que suma y en eso está de acuerdo la propuesta que presentó, sin limitar la otra opción que establece la ley, es decir que quede en manos de las y los ciudadanos”.

Mientras que el magistrado José Luis Vargas destacó sobre la recopilación del apoyo de la ciudadanía a través de la app que la Ley Federal de Revocación de Mandato se refiere en su artículo 11 a formatos impresos y digitales, por lo que existe la obligación del INE “aún cuando por la facilidad técnica y precisión pueda fomentar el uso de la aplicación no se puede restringir el hecho de que los formatos impresos se permitan en los municipios de actos de marginación”. 

Por su parte la magistrada Janine Otálora se pronunció porque en el concepto de agravio que presentó Morena tendría que ser parcialmente fundado, debido a que que “en uso de su autonomía, técnica, operativa y legal a la luz de la nueva Ley de Revocación limitó de manera indebida el uso de régimen de excepción a 204 municipios sin justificar como ello garantiza eficazmente el derecho a la ciudadanía a garantizar su derecho a participar”.

Contexto. En el marco de la discusión los magistrados rechazaron que los diputados puedan recabar firmas en el proceso de revocación de mandato, debido a que existe una prohibición explícita por parte de las normas en las que se establece que no lo podrán hacer las personas que pertenezcan al Poder Judicial, Ejecutivo y Judicial. 

Voto desde el extranjero

Las y los magistrados determinaron que no es posible implementar el voto vía postal en estos momentos, por su complejidad técnica, material y presupuestal, por lo que el INE deberá llevar a cabo los estudios técnicos y financieros necesarios para analizar las modalidades de votación que se podrían implementar desde el extranjero.

AMLO sin posibilidad de informar sobre la continuidad de su cargo: 'es violatorio' 

Otro de los puntos que se tocó, fue que se confirmó que es violatorio que en los lineamientos de este proceso se establezca la posibilidad de que el presidente tenga “derecho a opinar e informar acerca de la continuidad de su cargo”.