Punto por punto, las CLAVES para entender el proyecto del ministro Alcántara Carrancá que podría tumbar la reforma judicial

Este 5 de noviembre, los ministros discuten el proyecto que definirá el rumbo de la reforma judicial.

Esto dice el proyecto del ministro que busca declarar inconstitucional a la reforma judicial parcialmente
Fotos: Cuartoscuro y Pexels

Este 5 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación discute el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, el cual propone la inconstitucionalidad e invalidez de algunas disposiciones de la reforma judicial.

Para poder avalar el proyecto, se necesitan ocho votos, por lo cual se prevé que la discusión sea larga.

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Morena y sus aliados, así como la misma presidenta Claudia Sheinbaum, ya se han pronunciado en contra del proyecto insistiendo en que la Corte no tiene las facultades para “tirar” una reforma constitucional como esta.

Pero ¿qué es lo que propuso el ministro? Te explicamos.

  • Proceso legislativo ¿fue inconstitucional o no?

La propuesta de González Alcántara declara infundado el apartado de vicios al proceso legislativo y otros vicios formales (veda electoral, falta de competencia), es decir, propone declarar constitucional la forma en la que se aprobó la reforma judicial, uno de los puntos por los que la oposición se ha quejado varias veces.

  • Elección de ministros

En un principio de deferencia y autocontención, el proyecto mantiene la elección de ministras y ministros por voto popular. y propone declinar el análisis sobre si se deben elegir o no de esta manera.

  • Elección de jueces y magistrados

Alcántara Carranca declara inconstitucional la elección popular para definir a jueces de distrito y magistrados de Circuito porque viola el principio fundamental de federalismo de nuestra forma de gobierno.

  • Remoción de jueces y magistrados

De igual manera, invalida los transitorios que ordenan la remoción de jueces de Distrito, magistrados de Circuito y magistrados regionales del Tribunal Electoral, que actualmente se encuentran en funciones.

  • Sueldos de funcionarios del Poder Judicial

La propuesta invalida la reducción de remuneraciones de jueces de distrito y magistrados de circuito actuales; sin embargo, la reducción sí aplicará para quienes ingresen después. Es decir, avala medidas de austeridad para futuros cargos.

  • Fideicomisos

El ministro mantiene la reducción del tope máximo a remuneraciones y la extinción de fondos y fideicomisos.

  • Jueces sin rostro

Declara inconstitucional la propuesta de los “jueces sin rostro”. De acuerdo con la reforma, esta figura establece que a los juzgadores que estén involucrados en casos de delincuencia organizada y narcotráfico,  les sea protegida su identidad para salvaguardar su integridad y la de sus familias.

  • Tribunal de Disciplina

Propone invalidar algunas facultades del Tribunal de Disciplina y la inatacabilidad de sus sentencias. Además, se plantea invalidar el régimen aplicable al Poder Judicial local; sólo deberán constituir su órgano de administración y su tribunal de justicia.

  • Poder Judicial local

Declara inaplicable la elección popular de personas juzgadoras en el ámbito local, esto por las mismas razones por las que se invalida la elección de jueces federales, por la cesación, y porque viola el principio fundamental de federalismo de nuestra forma de gobierno.

  • Suspensión de normas generales

Propone invalidar que se impugnen las normas generales a través de los juicios de amparo; “sin embargo, se plantea reconocer la validez de las precisiones realizadas al alcance suspensivo de las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales”.

  • Plazos para resolver asuntos fiscales y penales

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Busca considerar como válidos los plazos para dictar sentencias en los procedimientos jurisdiccionales en materias penal y tributaria, atendiendo a la administración de justicia de forma "pronta y expedita" dentro de plazos razonables.

Será el próximo 5 de noviembre cuando la SCJN discuta el proyecto.