TEPJF declara inaplicable la reforma aprobada en el Congreso para modificar la propaganda electoral

Cinco de los magistrados votaron a favor del proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, con los votos en contra de José Luis Vargas Valdez y Mónica Soto.

Pleno de TEPJF
Fuentes PMX

Por mayoría de votos el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inaplicable la reforma aprobado en el Congreso con el que reinterpretaron los términos de propaganda gubernamental y su difusión para dar certeza al proceso de revocación de mandato. Cinco de los magistrados votaron a favor del proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña para declarar inaplicable este decreto, con los votos en contra de José Luis Vargas Valdez y Mónica Soto.

Lo que se decía. Los expertos señalaron que este ajuste legal resultaría inaplicable por ir en contra de por lo menos dos artículos de la Constitución y pretender derogar leyes o definiciones de la Carta Magna.
 
Discusión. Algunos magistrados solicitaron al ponente hacer ajustes de forma, en los que aclarara que este análisis era pertinente por parte de la Sala Superior dada la cercanía de la jornada de votación el próximo 10 de abril que requiere certeza en las reglas con que se llegará a esa fecha.

Argumentos. La sentencia indica que “el decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, lo que incluye las controversias que surjan en el desarrollo del actual proceso, ya sea en sede cautelar o en el análisis de fondo”. Es decir, con esta confirmación de la Sala Superior se valida que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe emitiendo medidas cautelares y tutelas preventivas en contra de aquellos funcionarios que violen esta restricción constitucional, lo que incluye ordenarles retirar mensajes en redes sociales o suspender las transmisiones de algunas conferencias de prensa mañaneras en las que el propio presidente Andrés Manuel López Obrador violente sus deberes constitucionales.

La resolución destaca que al pretender hacer una interpretación auténtica, el legislador “trasgredió los dos límites de jurisprudencia ya marcados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”: que sólo se trate de una aclaración e interpretación semántica ante palabras que generaran confusión, sin que esto implicara una modificación a su sentido constitucional; y que el ajuste no fuera contrario a lo que dice el texto constitucional.

Lo que viene. Aquellos servidores públicos que hayan promovido la revocación basándose en este decreto, e incluso los funcionarios que participaron en la inauguración del Aeropuerto Internacional "Felipe Ángeles" podrían ser amonestados por violar las restricciones de propaganda. Las sanciones para todos los implicados se resolverán en la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, basándose en la determinación de la Sala Superior.