SCJN declara inconstitucional prohibir de forma absoluta los cigarros electrónicos

Las empresas pueden promover amparos para comercializar vapeadores o cigarros electrónicos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional prohibir de forma absoluta los cigarros electrónicos, al indicar que esa prohibición vulnera la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad.

¿Qué sucedió? El Pleno de la Corte resolvió una contradicción de tesis entre sus dos Salas sobre el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.

¿Qué dice el artículo 16? Se prohíbe comerciar, vender, distribuir, exhibir, producir o promocionar cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco.

¿Por qué es importante? Las empresas pueden promover amparos para comercializar vapeadores o cigarros electrónicos.

Con información de El Heraldo de México