SCJN confirmó que IFT no podrá poner en marcha Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
El mecanismo para que los datos biométricos de usuarios de telefonía celular queden registrados para tener una línea aún deberá estar congelado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión provisional que otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para que no se ponga en funcionamiento el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), hasta que los ministros resuelvan el fondo de la controversia constitucional. Este recurso es independiente de los cientos de amparos promovidos por particulares en contra de ese mecanismo.
¿Qué sucedió? Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala del máximo tribunal desechó un recurso de reclamación interpuesto por el Poder Ejecutivo Federal en contra de la suspensión otorgada al IFT el 11 de junio pasado, por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, al admitir a trámite la controversia constitucional 71/2021.
"Con el otorgamiento de la suspensión en los términos precisados, no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, pues se busca asegurar provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y evitar se le cause un daño irreparable, respetando los principios básicos que rigen la vida política, social o económica del país”, indica la resolución.
Para saber. En su demanda, el IFT argumenta que la inversión inicial para el Panaut requeriría de 109 millones 864 mil pesos, más otros 88 millones 584 mil pesos para su operación anual.
Con información de La Jornada