¿Por qué la UNAM no quita el título universitario a la ministra Yasmín Esquivel tras plagio de tesis?

Las autoridades universitarias confirmaron que la ministra Esquivel cometió plagio en el trabajo de tesis que presentó para recibir la licenciatura de Derecho en la UNAM.

FOTO: VICTORIA VALTIERRA / CUARTOSCURO.COM.

El Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) dio conocer que la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel, plagió la tesis que presentó para obtener el título de la licenciatura de Derecho en 1987. 

Sin embargo, la UNAM señaló que las autoridades universitarias no podrán iniciar algún tipo de proceso para retirarle el título universitario a la ministra Esquivel Mossa, pese a que se comprobara que copió parte sustancial del contenido de la tesis que presentó otro alumno de la Facultad de Derecho un año antes. 

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Al respecto, la Oficina de la Abogacía General emitió un comunicado en el que se dieron a la tarea de contestar la siguiente pregunta: ¿Por qué la UNAM no puede retirarle el título universitario a la ministra Yasmín Esquivel pese a que se comprobó que plagió su tesis de licenciatura? 

La oficina jurídica de la UNAM respondió que no es posible retirarle el título a la ministra de la Suprema Corte porque la Universidad carece de una norma jurídica que le permita expresamente retirar, cancelar o revocar, los títulos académicos que otorga. 

"Al carecer de norma expresa, la UNAM no tiene facultades legales para retirar, cancelar o revocar los títulos que otorga. Ante una irregularidad, la Universidad no puede responder con una violación al orden legal realizando actos que no le autorizan sus normas jurídicas", detalló la Oficina de la Abogacía General de la UNAM a través de un comunicado. 

En este sentido, reiteraron que la UNAM no tiene los mecanismos necesarios para retirar un título ya otorgado a una persona egresada, pero enfatizaron que sí existe una autoridad facultada para este caso concreto. Está autoridad es la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública (SEP), quien tiene la facultad de "cancelar el registro de los títulos de los profesionales condenados judicialmente a inhabilitación en el ejercicio y publicar profusamente dicha cancelación". 

Por último, la Oficina de la Abogacía General de la UNAM indicó que la Universidad puede condenar un plagio, pero reiteró que las autoridades universitarias deben de apegarse a su marco normativo, pues en este caso, solo pueden aplicarse las reglas a quien tiene la calidad de alumno, esto significa que una persona que ya aprobó su examen profesional, pierde este carácter y en consecuencia la Universidad carece de competencia para atender un asunto en el que se le involucre.