Estos son los cambios que prevé el Senado para la regulación de la cannabis
El Senado de la República se alista para la discusión de la regulación de la marihuana que se plantea discutir como una de las prioritarias e incluso podría abordarse antes que termine el periodo de sesiones.
El Senado de la República se alista para la discusión de la regulación de la marihuana que se plantea discutir como una de las prioritarias e incluso podría abordarse antes que termine el periodo de sesiones. Político. MX cuenta con el anteproyecto que usaría la Comisión de Justicia para la nueva minuta que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal misma que contempla diversos cambios, a continuación te contamos cuáles son.
Entre los primeros cambios, destaca que los senadores buscan regresar de nuevo el Instituto que se haga cargo de toda la regulación, mismo que quitó la Cámara de Diputados entre los cambios que planteó.
Posesión de marihuana
El anteproyecto en el senado contempla que la posesión de marihuana menor de 28 gramos no esté penada; la posesión superior a 28 y hasta 200 gramos estaría considerada como una falta administrativa y ameritaría una multa. Sin embargo, la posesión superior a los 200 y hasta 28 kilogramos será considerado como una pena grave y se amerita una pena de hasta 6 años de prisión, dependiendo de la falta.
“Tratándose del cannabis psicoactivo, solo será sancionada penalmente la posesión cuando sea superior a 200 gramos. La posesión del cannabis psicoactivo en una cantidad superior a los 28 gramos establecidos por la Ley General de Salud e inferior a los 200 gramos a que se refiere este artículo solo será sancionada con multa, en los términos del artículo 56 de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis”, explica el anteproyecto.
"Se impondrá de tres a seis años de prisión y de ochenta a trescientos días multa, al que posea cannabis psicoactivo, la cual solo será sancionada con esta pena, cuando la cantidad de la que se trate sea superior a 200 gramos e inferior a la que resulte de multiplicar por mil el monto previsto en la tabla referida (28 kilos), sin la autorización correspondiente a que se refiere esta Ley y la normatividad aplicable, siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de comerciarlos o suministrarlos, aun gratuitamente", precisa el documento.
Mientras que se contempla cárcel de hasta 15 años de prisión por delincuencia organizada, ya que se recuerda que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y de las autoridades competentes, el control y la regulación de los actos inmersos en el objeto de la presente Ley establecidas en el artículo que precede, en los reglamentos correspondientes.
Cabe mencionar que también se contempla imponer prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a cuatrocientos días multa, a quien sin autorización comercie o suministre, aún gratuitamente, narcóticos previstos, en cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil el monto de las previstas "con excepción de las citadas conductas relacionadas con el cannabis psicoactivo, las cuales solo serán sancionadas con esta pena cuando la cantidad de la que se trate sea superior a 200 gramos e inferior a la que resulte de multiplicar por mil el monto previsto en la tabla referida y conforme a la normatividad aplicable”.
¿Cuántas plantas se permitirán?
Respecto al autoconsumo, se limita a seis plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume.
Para el caso de que en la casa viva más de una persona consumidora mayor de edad, el monto de plantas de cannabis de efecto psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación no podrá exceder de ocho por cada vivienda o casa habitación.
Antecedente. En noviembre de 2020 fue aprobado el documento por el Senado, sin embargo, la Cámara de Diputados en marzo pasado los modificó y regresó a los senadores.
De ahí, el Senado tenía un plazo hasta el 30 de abril para decidir si ratificaba las modificaciones que mandaron los diputados o si mantenía su propuesta original, pero no se llegó a algún acuerdo, por lo que la Suprema Corte de Justicia declaró su inconstitucionalidad y por ello en el Senado elevaron un nuevo dictamen para presentarlo.