CNDH emite recomendación por caso José Ravelo a Fiscalía de Yucatán y alcalde de Mérida

En 30 días, la madre de la víctima y los demás familiares directos que hubiesen sufrido alguna afectación emocional deben ser inscritos en el Registro Nacional de Víctimas.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 50VG/2022, dirigida al fiscal general de Justicia del estado de Yucatán y al presidente municipal de Mérida, Renán Barrera, por el caso de José Eduardo Ravelo, joven agredido por policías municipales de Mérida el 21 de julio de 2021. Se establece que en un término no mayor a 30 días, la madre de la víctima y los demás familiares directos que hubiesen sufrido alguna afectación emocional, con motivo de las violaciones a derechos humanos, sean inscritos en el Registro Nacional de Víctimas (RENAVI), para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, de conformidad con la Ley General de Víctimas, así como de la Ley de Víctimas del estado de Yucatán.

¿Qué debe hacer el fiscal? La CNDH recomendó que debe continuar con la investigación del homicidio y el probable abuso sexual cometido contra José Eduardo, debiendo practicar todas las diligencias necesarias para determinar la probable responsabilidad penal de las personas servidoras públicas que, en el ejercicio de sus funciones, las ejecutaron; así como de aquellas que las autorizaron o toleraron. Así como coadyuvar con la Fiscalía General de la República (FGR) en la integración de la carpeta de investigación iniciada con motivo de los actos de tortura cometidos en agravio del joven.

Del mismo modo, llevar a cabo, en un periodo no mayor a seis meses, un diagnóstico respecto del estado que guardan las carpetas de investigación en las que se encuentran involucrados elementos de la Policía Municipal de Mérida en la comisión de conductas delictivas, para que sean debidamente integradas y determinadas.

¿Qué debe hacer el alcalde? Se le solicita ofrecer una disculpa pública institucional a los familiares directos de la víctima, con motivo de las violaciones graves a derechos humanos cometidas en su agravio, consistentes en derecho a la vida, la libertad e integridad personal y seguridad jurídica, con motivo de la retención ilegal, y tortura derivada del uso excesivo de la fuerza que motivó la pérdida de la vida del joven. Además, que en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se otorgue a la madre de la víctima una reparación integral del daño, mediante el pago de una compensación o indemnización justa tomando en cuenta la gravedad de los hechos. 

La historia. El 16 de agosto de 2021, la CNDH recibió una queja formulada por una persona defensora de derechos humanos en la que señaló que, el 21 de julio de ese año, elementos de la Policía Municipal de Mérida, Yucatán, detuvieron a un joven cuando caminaba por calles del Centro Histórico de ese ayuntamiento, quienes lo trasladaron a las instalaciones de la comandancia, donde fue torturado, causándole lesiones graves que derivaron en su posterior fallecimiento.