¡‘Amlitos’ van! Tribunal Electoral aprueba venta de peluches de AMLO en campaña
La decisión del TEPJF revocó el acuerdo del INE al señalar que no es posible fiscalizar los peluches cuando estos son vendidos por terceros y no por el partido.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la comercialización de los peluches identificados como "Amlitos", así como también de otros artículos utilitarios de los partidos, candidatos y otros personajes políticos.
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Los magistrados decidieron anular el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que se decidió con una votación de 3 a favor y 2 en contra, el cual instruía a los partidos políticos a tomar medidas para evitar la comercialización de artículos utilitarios y peluches con la imagen y semejanza de los candidatos u otros personajes políticos durante los actos proselitistas.
Asimismo, señalaron que este tipo de artículos no pueden ser fiscalizados en los gastos de campaña cuando estos sean vendidos por personas ajenas al partido.
TEPJF afirma que no hay base legal para prohibir la venta de los AMLITOs
La mayoría de los magistrados afirmaron que la prohibición de la venta de esos artículos en los eventos de los partidos políticos no podía ser procedente, pues señalaron que la comercialización de los peluches y otros artículos utilitarios no es ilegal en términos electorales.
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En ese sentido, el magistrado Felipe de la Mata señaló lo siguiente:
"Si la prohibición es para los partidos y se trata de un producto lícito, me surgirían muchas dudas que, a mí, en principio, no me parecían aceptables. A ver, la primera sería, en los hechos, la fiscalización de este producto, es decir, contabilizarlo por parte del partido se haría que este, en los hechos, se volviera una especie de sensor de la utilización del muñequito ese. Entonces, me viene la pregunta ¿por qué motivo habría que prohibir a los particulares su distribución y venta? Cabe decir que de eso viven, seguramente. Existe base normativa para tal prohibición, no es una limitación contraria, incluso, a la protección constitucional de libertad de comercio lícito, artículo 5to de la Constitución", declaró el magistrado del TEPJF en la discusión del proyecto de sentencia del recurso de apelación que presentó Morena.
? Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del @TEPJF_informa revocó el acuerdo del @INE que imponía a Morena medidas y barreras para deslindarse de la venta de artículos utilitarios y peluches como los llamados “Amlitos”, y también evitar su distribución pic.twitter.com/ChfG3hmRG6
— La Silla Rota (@lasillarota) February 28, 2024