Aborto Legal en México: legal en 4 estados y con fallos históricos de la SCJN, así llega al 28 de septiembre
Este 28 de septiembre es el Día de Acción Global por el Aborto Legal y Seguro.
En México, el aborto sigue siendo una práctica que es criminalizada en 28 de los 32 estados. Este 28 de septiembre es el Día de Acción Global por el Aborto Legal y Seguro por lo que se esperan diversas marchas y manifestaciones para exigir en el país se respete el derecho a decidir de mujeres y personas con capacidad de gestar; así como exigir una interrupción legal y segura del embarazo en todo el país.
Aborto Legal en México solo en 4 estados
En México, solo 4 de las 32 entidades del país permiten la interrupción legal del embarazo, cuya exigencia por parte de diversas colectivas es que este derecho sea reconocido en todo el país. Los estados donde el aborto es legal en México son:
- Ciudad de México (2007)
- Oaxaca (2019)
- Hidalgo (2021)
- Veracruz (2021)
En las cuatro entidades se permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.
En los otros 28 estados, si bien se permite la interrupción del embarazo bajo ciertas causales como violación, riesgo de vida de la madre, malformación del producto, entre otros; la mayoría mantiene en sus Códigos penales el delito del aborto.
Decisiones históricas en la SCJN
Este 28 de septiembre, las mujeres saldrán a marchar tras fallos históricos por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional la criminalización del aborto en México e invalidó que los estados reconozcan en sus Constituciones el derecho a la vida desde la concepción.
El pasado 7 de septiembre, por unanimidad, la Suprema Corte invalidó artículos del Código Penal de Coahuila que criminalizaban a las mujeres por abortar. En ese sentido, al ser avalado por mayoría, se fijó una jurisprudencia en la cual deberán basarse los y las juezas del país para resolver casos en donde se busque criminalizar a una mujer o persona gestante por interrumpir su embarazo.
Dos días después, la Corte declaró inconstitucional “proteger la vida desde la concepción”, como lo establecía el artículo 4 de la Constitución de Sinaloa, pues consideraron que los derechos de las mujeres y personas gestantes.
Finalmente, en su más reciente sentencia, la SCJN declaró inválida la objeción de conciencia tal y como se establecía en el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud. En ese sentido, los ministros emitieron un exhorto al Congreso para volver a legislar el tema de la objeción de conciencia.
Con información de SDP.