TEPJF confirma amonestación pública vs AMLO por no retirar fragmentos de mañanera

El Tribunal aseguró que la medida del INE fue puesta y considerada de forma correcta.

El Tribunal respaldó la decisión del INE
(Fotos: Cuartoscuro/Twitter)

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó amonestar públicamente al presidente Andrés Manuel López Obrador por no acatar la orden de eliminar extractos de una mañanera.

Esto después de que el INE determinara dictar medidas cautelares en contra del primer mandatario con las que se le ordenó eliminar el contenido de la conferencia mañanera del 27 de marzo.

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Dichos fragmentos versaban sobre las elecciones del Estado de México y Coahuila. Pero al advertirse que estas continuaban en la conferencia matutina, el INE consideró que se había incumplido con la orden.

Por esto, el INE ordenó la amonestación aunque la Consejería Jurídica de la Presidencia impugnó la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE rechazando que no hubiera atendido la orden, además de que cuestionó los alcances de la Unidad.

Es así que el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón propuso la confirmación de la amonestación.

Debido a esto, con mayoría de cuatro votos y dos en contra, el Tribunal Electoral confirmó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE con el que se amonesta al primer mandatario. 

Consideraron que el Instituto Electoral sí puede verificar el cumplimiento de las medidas cautelares así como el imponer las medidas de apremio que estime pertinentes y estén previstas en el reglamento del INE.

Además, se concluyó que la amonestación pública impuesta por el INE fue correcta, pues la responsable valoró correctamente las documentales ofrecidas y determinó que los materiales seguían visibles.

Los dos votos en contra del acuerdo fueron de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado Indalfer Infante Gonzales quienes consideraron que AMLO no era el responsable del retiro de materiales y que no podía ser sujeto de medidas de apremio.